La Coctelera

ANTENAS-PELIGRO-MOVIL

RADIACIONES ELECTROMAGNÉTICAS FUERA DE FERROL.
"ANTENAS DE TELEFONÍA NO"



27 Junio 2007

EL SUPREMO CONFIRMA LA COMPETENCIA DE LA JUNTA PARA LIMITAR LA ACTIVIDAD DE LAS ANTENAS DE TELEFONIA

VALLADOLID
El Supremo confirma la competencia de la Junta para limitar la actividad de las antenas de telefonía
El alto tribunal, en un fallo que sienta jurisprudencia, ratifica el derecho autonómico a legislar sobre emisiones
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Retevisión Móvil S. A. en un fallo judicial que ampara la competencia de la Junta de Castilla y León para limitar las instalaciones de infraestructuras de radiocomunicaciones y legislar sobre las emisiones de las antenas de telefonía.

Ratifica así el magistrado la sentencia dictada en el 2003 por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la comunidad sobre el Decreto de la Junta de Castilla y León 267/2001, del 29 de noviembre. La sentencia ratificaba la obligatoriedad de tener licencia de actividad clasificada como peligrosa para instalar este tipo de equipos así como aprobaba que la Junta exigiera que, en Castilla y León, se reduzcan los niveles de emisión de las antenas en un 25% más que lo estipulado en la normativa nacional en las llamadas 'zonas sensibles' tales como colegios, hospitales, guarderías, parques o residencias de ancianos, entre otras.

El Supremo, que ha condenado a la operadora al pago de costas, apela a la Ley General de Telecomunicaciones que configura estos servicios como de interés general sobre el que tiene competencia exclusiva el Estado aunque eso «no supone que el resto de las administraciones» no tengan derecho a regular el sector puesto que las redes de estas instalaciones se instalan sobre «suelo, vuelo y subsuelo», y la defensa de los mismos corresponde a su titular. Recuerda asimismo el fallo que, incluso aunque se implanten en propiedad privada, las administraciones tienen competencias en ordenación del territorio, urbanismo, sanidad y medio ambiente. Asimismo, la normativa estatal, indica el texto judicial, no otorga un derecho absoluto sin limitaciones a los operadores y además podrán imponer condiciones de protección al medio ambiente o a la salud pública, entre otros.

'Picoantenas'

El letrado de la asociación Avaate contra las antenas, Enrique Ríos, valora en esta sentencia, que «sienta jurisprudencia», el reconocimiento de la capacidad legislativa y el «toque de atención que supone para las operadoras en el sentido de que su derecho es absoluto». Para Avaate, aunque la legislación autonómica es muy permisiva, es importante que las administraciones reconozcan no solo el derecho a reglamentar sino el deber, «ahora ya no hay excusas para proteger el medio ambiente y la salud».

Avaate volvió ayer a alertar sobre la presencia de una 'picoantena' camuflada en el número 45 de la calle Cardenal Torquemada que «emite con gran potencia».

Fuente: El Norte de Castilla martes, 26 de junio de 2007

servido por telefonia sin comentarios compártelo

sin comentarios · Escribe aquí tu comentario

Escribe tu comentario


Sobre mí

Avatar de telefonia

ANTENAS-PELIGRO-MOVIL

FERROL, España
ver perfil »
contacto »
Website Counter
Free Counter

Fotos

telefonia todavía no ha subido ninguna foto.

¡Anímale a hacerlo!

Buscar

suscríbete

Selecciona el agregador que utilices para suscribirte a este blog (también puedes obtener la URL de los feeds):

¿Qué es esto?